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VISA
E-1
E-1 Visa de Comercio para Paises del Tratado (Treaty Trader)
La visa E-1 permite que extranjeros, ciudadanos de países con los que los Estados Unidos tiene un tratado de comercio, vengan a los Estados Unidos a realizar negocios de alta magnitud, principalmente entre los Estados Unidos y el país del solicitante. El negocio deber ser de intercambio internacional (contratos negociados exitosamente entre ambas partes) de comercio entre los EE.UU. y un país del tratado de comercio.
Requisitos: El solicitante debe venir a los Estados Unidos para llevar a cabo un negocio de alto nivel económico, o para desarrollar y dirigir operaciones para una empresa que realiza negocios con el país de origen del solicitante.
Ejemplos de negocios con una inversion sustancial (casos particulares varian, consulte con su abogado)
75% de inversión en un negocio continuo menor a $500,000 (si el costo es sustancialmente menor que 500.000 los porcentajes deben ser mayores.)
50% de inversión en un negocio continuo mayor a $500,000 pero menor a $3,000,000.
30% de inversión en un negocio continuo mayor a than $3,000,000.
Negocios mayores son considerados sustanciales, mas alla de estos ejemplos.
Información Adicional: No hay límite en la cantidad de visas E-1 que pueden ser emitidas. Las esposas(os) de las personas que tiene una visa E-1 también son elegibles para aceptar empleo en los EE.UU. Generalmente, los poseedores de la visa E-1 son admitidos por un periodo de 2 años, y se pueden obtener extensiones fácilmente.
Lista de países en donde la visa E-1 está disponible:
Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Bolivia, Bosnia, Brunei, Canadá, República
de China (Taiwán), Colombia, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Estonia, Etiopía,
Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Honduras, Irán, Irlanda, Israel, Italia,
Japón, Corea, Latvia, Liberia, Luxemburgo, Macedonia, México, Países
Bajos, Noruega, Omán, Paquistaní, Paraguay, Filipinas, Eslovenia, España,Surinam, Suiza, Tailandia, Togo, Turquía, Reino Unido. (Corroborar en USCIS.gov ante cualquier cambio)
Datos obtenidos en publicaciones y en
sitios oficiales Para más informacion visite www.uscis.gov
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